Como solicitar una apelación

Después de determinar que usted cumple con los criterios para una apelación (considerar una apelación)  puede solicitar una apelación presentando una protesta por escrito. Complete su protesta y envíela por correo a la dirección del IRS  en la carta que explica sus derechos de apelación. No envíe su protesta directamente a la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS (Apelaciones); esto solo atrasará el proceso y puede impedir que la Oficina de Apelaciones considere su caso.

Antes de enviar su caso a la Oficina de Apelaciones, la oficina de Examinación o la de Recaudación del IRS, que realizó una revisión de impuestos o inició la acción de cobro, considerará su protesta e intentará resolver los problemas tributarios en disputa. Si esa oficina no puede resolver sus problemas, enviarán su caso a la Oficina de Apelaciones para consideración.

Cuando acuda a la Oficina de Apelaciones, puede representarse a sí mismo o tener un profesional que le represente. Su representante tiene que ser:

  • Un abogado
  • Un contador público autorizado o
  • Un agente registrado autorizado para ejercer ante el IRS

Consulte la Publicación 947 (SP), Cómo Ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Poder Legal  PDF, para obtener información sobre otros individuos que pueden servir como representantes. Si desea que su representante se comunique con nosotros sin usted estar presente, tiene que proveernos una copia de un poder notarial utilizando el Formulario 2848 (SP), Poder Legal y Declaración del RepresentantePDF.

Cómo presentar una protesta

Requerimos una protesta formal por escrito para solicitar una conferencia con la Oficina de Apelaciones, a menos que califique conforme a los procedimientos de solicitud de caso menor  descritos más adelante. Para obtener información sobre cómo presentar una protesta formal por escrito o una solicitud de caso menor, consulte la Publicación 5 (SP), Sus Derechos de Apelación y Cómo Preparar una Protesta si Usted  Está en DesacuerdoPDF.

Nota: Si usted está en desacuerdo con un gravamen, embargo, incautación o una denegación,  modificación o terminación de un plan de pagos a plazos, consulte la Publicación 1660 (SP), Derechos para la Apelación de CobrosPDF, para obtener información sobre cómo presentar su protesta.

Tiene que enviar su protesta formal por escrito dentro de los límites de tiempo especificados en la carta que le ofrece el derecho de apelar los cambios propuestos. Por lo general, el límite de tiempo es de 30 días a partir de la fecha de la carta.

Cómo presentar una solicitud de un caso menor

Puede presentar una solicitud de un caso menor si la cantidad total de impuesto adicional y la multa propuesta para cada periodo tributario es de $25,000 o menos. Si apela la denegación de un ofrecimiento de transacción sobre la duda en cuanto a la responsabilidad (DATL, por sus siglas en inglés), la cantidad total para cada periodo tributario incluye el impuesto total no pagado y las multas e intereses adeudados. Los planes de empleados, organizaciones exentas, sociedades anónimas tipo S y sociedades colectivas no son elegibles para las solicitudes de casos menores.

  1. Siga las instrucciones  en la carta recibida.
  2. Utilice el Formulario 12203 (SP), Solicitud de Revisión de ApelacionesPDF, el formulario al que se hace referencia en la carta que recibió para presentar su apelación o preparar una breve declaración por escrito. Enumere el(los) elemento(s) y la(s) razón(es) en desacuerdo.

Apelar una decisión de cobro

Además, si apela una decisión de cobro, debe seleccionar el procedimiento de apelación que se indica a continuación que corresponda a su tipo de caso para obtener instrucciones específicas para preparar su solicitud de apelación. Recuerde, que tendrá que enviar su apelación por correo a la oficina de cobro que le envió la carta de acción de cobro con su derecho a una audiencia. No la envíe directamente a ninguna Oficina de Apelaciones.

Programa de Apelaciones de Cobro (CAP, por sus siglas en inglés)

 El Programa de Apelaciones de Cobro (CAP, por sus siglas en inglés) está disponible para una amplia gama de acciones de cobro. Los casos del CAP se refieren a una acción de cobro específica propuesta o tomada y por lo general se resuelven más rápidamente. Sin embargo, usted no puede ir a un tribunal si está en desacuerdo con la decisión de la Oficina de Apelaciones en una audiencia del CAP.

Puede utilizar el proceso del CAP si usted está involucrado en alguna de las siguientes acciones de cobro:

  • Aviso de gravamen por el impuesto federal, presentado o propuesto para ser presentado
  • Acción de embargo, tomada o propuesta
  • Denegación del  plan de pagos a plazos
  • Terminación del plan de pagos a plazos
  • Modificación del plan de pagos a plazos
  • Denegación de la solicitud del contribuyente de que le regresen la propiedad embargada
  • Incautación

Procedimientos del CAP
Si su único contacto de cobro ha sido un aviso o una llamada telefónica:

  • Llame al número de teléfono del IRS mostrado en su aviso
  • Explique por qué está en desacuerdo y que desea apelar la decisión
  • Esté preparado para hablar sobre su caso y tenga a la mano toda la información relevante
  • Antes de que pueda comenzar el proceso de apelación con la Oficina de Apelaciones,  primero tendrá que hablar sobre su caso con un gerente de cobros, a menos que la apelación involucre una denegación, propuesta de modificación, modificación, propuesta de terminación o la terminación de un plan de pagos a plazos

Si ya se ha comunicado con un funcionario de cobro de impuestos:

  • Llame al funcionario de cobro de impuestos con el cual ha estado tratando
  • Explique por qué está en desacuerdo y que desea apelar la decisión
  • Esté preparado para hablar sobre su caso y tenga a la mano toda la información relevante
  • Antes de que pueda comenzar el proceso de apelaciones con la Oficina de Apelaciones, primero tendrá que hablar sobre su caso con un gerente de cobros, a menos que la apelación involucre una denegación, propuesta de modificación, modificación, propuesta de terminación o la terminación de un plan de pagos a plazos
  • Complete el Formulario 9423, Solicitud de apelación de cobro (en inglés)PDF
  • Envíe el Formulario 9423 debidamente completado al funcionario de cobro de impuestos dentro de 3 días después de su conferencia con el gerente de cobros

Para obtener más información, consulte la Publicación 1660 (SP), Derechos para la Apelación de CobrosPDF.

Usted tiene derecho a una audiencia del Proceso Debido de Cobro (CDP, por sus siglas en inglés) con la Oficina de Apelaciones si recibe uno de los siguientes avisos del IRS informándole que usted tiene el derecho de solicitar una audiencia del CDP, tales como:

  • Aviso de presentación de gravamen por el impuesto federal y su derecho a una audiencia conforme a la Sección 6320
  • Aviso final- aviso de intención de embargo y aviso de su derecho a una audiencia
  • Aviso de riesgo de embargo y el derecho de apelación
  • Aviso de embargo de su reembolso del impuesto estatal- aviso de su derecho a una audiencia
  • Aviso del Proceso Debido de Cobro (CDP, por sus siglas en inglés) después del embargo

Procedimientos del CDP

  • Por lo general, tiene 30 días a partir de la fecha del aviso para solicitar oportunamente una audiencia del CDP
  • Complete el Formulario 12153 (SP), Solicitud para una Audiencia sobre el Debido Proceso de Cobro o una Audiencia EquivalentePDF
    • Es importante identificar todas las razones por cualquier desacuerdo que usted tenga
  • Envíe el Formulario 12153 (SP) debidamente completado a la misma dirección que se muestra en su aviso del CDP
  • Si su solicitud se presenta oportunamente, usted tendrá derecho a una audiencia de la Oficina de Apelaciones y a solicitar una revision judicial de esa audiencia ante el tribunal tributario
  • Si su solicitud se presenta oportunamente, la acción de embargo del IRS generalmente se suspende en contra suya para los períodos tributarios que apeló
  • Si su solicitud no se presenta oportunamente, usted todavía tiene derecho a solicitar una audiencia equivalente del CDP con la Oficina de Apelaciones dentro del período de un  año descrito en el Formulario 12153 (SP). Sin embargo, si usted aún está en desacuerdo con la decisión de la Oficina de Apelaciones en la audiencia equivalente, usted no tiene derecho a la revisión judicial por el tribunal tributario

Para obtener más información, consulte:

Un ofrecimiento de transacción (OIC, por sus siglas en inglés) es un acuerdo entre el contribuyente y el gobierno que permite saldar una deuda tributaria pagando una cantidad menor a la adeudada. Si recibe una carta notificándole la denegación  de su ofrecimiento, tiene 30 días a partir de la fecha de la carta para solicitar una apelación a la decisión.

Para obtener más información, consulte:

El IRS puede imponer esta multa en su contra, si usted es una persona que ellos determinan es responsable de:

  • Cobrar o retener los impuestos,
  • Llevar la contabilidad,
  • Depositar o pagar los impuestos especificados

Si el IRS determina que usted intencionalmente no tomó estas medidas, usted puede ser considerado personalmente responsable de una multa igual a la cantidad total del impuesto que no se pagó más intereses. Esto incluye:

  • Impuestos sobre la nómina
  • Impuestos sobre artículos de uso y consumo
  • Retención a un extranjero no residente (NRA, por sus siglas en inglés)

Una persona responsable para este propósito incluye:

  • Un dueño o funcionario de una sociedad anónima
  • Un socio
  • Un dueño único de un negocio
  • Un empleado en cualquier forma de negocio

Un fideicomisario o agente con autoridad sobre los fondos del negocio también puede ser considerado responsable de la multa. La tasación de la multa de recuperación del fondo fiduciario es aplicable a los siguientes formularios de impuestos: CT-1, 720,  941, 943, 944 (SP), 945, 1042, y 8288.

Consulte la Publicación 5 (SP), Sus Derechos de Apelación y Cómo Preparar una Protesta Si Usted No Está de AcuerdoPDF, para obtener información sobre cómo preparar su protesta. Además de los pasos descritos en la publicación, al preparar su protesta formal por escrito o solicitud de un caso menor:

  • Adjunte una copia de la Carta 1153, Notificación de propuesta de multa de recuperación de un fondo fiduciario
  • Explique por qué no cree que es responsable de los impuestos no pagados o la razón por la que está en desacuerdo con la cantidad de la(s) tasación(es) propuesta(s)
  • Incluya una explicación clara de sus deberes y responsabilidades
  • Cite la ley o autoridad, si alguna, en la que usted confía
  • Envíe su propuesta a la atención del oficial del IRS cuyo nombre y dirección se indican en la Carta 1153, que recibió